La ley 30/2015 en su capítulo 2, en referencia a la planificación y financiación de la formación profesional para el empleo, dedica el artículo 7 a los módulos económicos y lo define como el coste por participante y hora de formación que podrá ser objeto de financiación pública, indicando asimismo que el módulo económico se aplicará a todas las iniciativas de formación profesional para el empleo, incluida la formación de los empleados públicos.

La ley también señala que reglamentariamente, se fijarán módulos económicos específicos para las distintas especialidades formativas. Los módulos específicos se fijarán con criterios objetivos y entre otros aspectos, se circunscribirán en función de la especialidad formativa y del ámbito territorial en que se impartan.

Bueno, aunque el reglamento aún no ha aparecido –ni se le espera-, ya hay alguna comunidad autónoma que sí ha desarrollado los módulos económicos. Hoy, os presento un caso de una comunidad autónoma en el que en una convocatoria de formación de oferta para desempleados, una de las variables consideradas es el convenio colectivo al que está adherido el centro de formación.

Así, para cada metodología de impartición se establecen los siguientes costes:

FORMACIÓN PRESENCIAL


Modulo A: Coste de personal
.

Está incluido el coste del personal docente, de tutoría y de jefatura de estudios. Este módulo está fijado en la convocatoria para los convenios colectivos aplicables a las diferentes entidades de formación de esa comunidad. El precio más alto es de 5,35 €/h*a y el mínimo es de 3 €/h*a. Si el centro de formación tiene convenio de empresa o contrata a su personal en régimen de autónomos, se le aplica 3 €/h*a

El módulo A, para acciones en el que el número se encuentre entre 10 y 20 alumnos, se aplica por un número fijo de 15 alumnos.

Modulo B: Gastos de funcionamiento

Incluye dos tipos de costes directos:

  • Costes de mantenimiento: engloba conceptos como reposición de mobiliario, reparaciones, publicidad, comunicaciones, reuniones y cursos, gestión con empresas, libros y publicaciones, amortizaciones y alquileres de inmuebles y equipamientos.
  • Costes de material didáctico específico, calculados por la familia profesional y el nivel de cualificación a la que corresponde la acción formativa.

El módulo B, gastos de funcionamiento, viene determinado para las 833 especialidades formativas –incluidos certificados de profesionalidad-. Existen 10 precios distintos que van desde el mínimo de 1,3 €/h*a al máximo de 3,3 €/h*a.

Módulo C: Costes Indirectos

Incluye conceptos como: gastos de personal del director, gastos de personal del personal administrativo, calefacción, alumbrado, limpieza, seguro de instalaciones, extintores, alarmas, comunicaciones con el exterior, reuniones, conferencias, cursos y otros, locomoción y gestión con empresas, fotocopias (área de administración), material de oficina e informático, agua, productos farmacéuticos, asesorías y gestorías, teléfono e Internet, software para departamento de administración, mutuas para el personal, Sistemas de Calidad, reparación ascensores.

El módulo C, costes indirectos, es el 15% del módulo A, con un importe máximo del 10% del módulo global. El módulo global, lo define como la suma de tres componentes:

Modulo Global = Módulo A + módulo B + 15% Módulo A

Además existe una limitación, ningún módulo global puede superar, para certificados de profesionalidad, los 8 €/h*a y para formación presencial no acreditable los 9 €/h*a la básica y los 13 €/h*a la superior.

TELEFORMACIÓN

En teleformación los módulos son fijos:

  • Módulo A (Costes de personal) : 0,69 €/h*a
  • Módulo B (Gastos de funcionamiento): 1,47 €/h*a
  • Módulo C (Costes Indirectos): 15% módulo A = 0,1 €/h*a

Módulo Global en Teleformación = 2,26 €/h*a

Sí, has leído bien, no es una errata, se imparten certificados de profesionalidad en modalidad teleformación a 2,26 €/h*a. Los precios tienden a la baja y además tenemos que convivir con formación de calidad que se imparte a coste cero (por ejemplo los MOOCs)

Por último, pero no menos importante, me encantaría saber tu opinión ¿crees que el convenio colectivo de aplicación en el centro de formación es un buen factor para determinar el módulo económico de un curso? Ayúdame con tus comentarios. Si crees que le puede servir a más gente, ¿me ayudas a llegar a ellos compartiendo este post en tu Twitter, tu Facebook, tu Linkedin y/o a tus contactos por E-mail?

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