El diseño de distintos tipos de aulas, en los que se imparte una acción formativa, condiciona la relación que se establece entre profesorado y estudiantes, entre los propios estudiantes, y en la metodología del aprendizaje. En nuestra actividad de formación, los espacios físicos, aulas presenciales, talleres… han tenido y tienen un protagonismo indiscutible.
El COVID19, también en nuestro sector, la formación profesional para el empleo, está haciendo que incorporemos a nuestra rutina nuevas formas de comportamiento en general y en particular de la utilización del espacio y de la incorporación de la tecnología y la digitalización.
Las TICs (tecnologías de la información y comunicación) llevan años incorporándose poco a poco en nuestras aulas. El COVID19 ha acelerado la adopción no sólo ya de las TICS sino de las TACs (tecnologías del aprendizaje y el conocimiento)..
El uso del espacio ha sido bruscamente alterado por la pandemia mundial (confinamiento, teletrabajo, distancia social de seguridad,…) y los centros de formación nos hemos visto abocados a reinventarnos, y a crear soluciones alternativas, nuevas e innovadoras, que nos permitan no paralizar la actividad. Recordemos que venimos de una estricta normativa que regula, desde la accesibilidad a los metros cuadrados por especialidad, el número de alumnado máximo por aula…, es por ello, que hemos tenido que reevaluar nuestros recursos y capacidades para dar una respuesta lo más profesional posible a la situación que vivimos y, en muchos casos y muchos centros, se han puesto en marcha otros tipos de aulas que hasta la fecha no existían o tenían una actividad residual.
Siempre he pensado que una de las características que definen a un sector es la utilización de un lenguaje y nomenclatura común, por lo que mi intención hoy, es intentar definir tres tipos de aulas, aulas que incorporan un componente de digitalización, y que pueden servirnos como punto de partida del camino que nos queda, a nivel tecnológico y pedagógico, por recorrer.
A los tres tipos de aulas que me refiero son: las aulas espejo, las aulas híbridas y las aulas virtual síncronas (AVS)
Aula Espejo
Es el aula contigua al aula donde se está impartiendo la clase de forma presencial. El alumnado que se encuentra en el aula espejo puede seguir la clase e intervenir tanto desde sus propios equipos (BYOD) o desde el equipamiento del propio aula espejo.
Las aulas espejos son una alternativa que están desarrollando los centros presenciales para cumplir la distancia social requerida entre el alumnado y es una alternativa a “tirar” tabiques. El alumnado va rotando desde el aula principal al aula espejo. Al estar ambas aulas muy próximas, se pueden comunicar con una red interna.
Las aulas espejos siempre han existido, yo las conocí hace tiempo en un centro asturiano que impartía formación de oposiciones en dos centros (Oviedo y Gijón) en este caso era el profesor el que rotaba de aula. Aquí, necesariamente tenemos que recurrir a conexiones a través de internet.
Aula Híbrida
Es el aula que permite al alumnado elegir si quiere seguir presencialmente la clase desde el aula física o desde el aula virtual síncrona asociada.
El aula híbrida es más exigente que el aula espejo. Tanto desde el punto de vista tecnológico –por ejemplo es imprescindible un software de videoconferencia…- como desde el punto de vista de la docencia -requiere que todas las actividades estén digitalizadas…-, ya que no es posible decir como en el aula espejo “sacad un papel y resolved este ejercicio que recogeré al finalizar la clase”.
Aula Virtual Síncrona
«aula virtual» referida al entorno de aprendizaje, donde el tutor-formador y alumnado interactúan, de forma concurrente y en tiempo real, a través de un sistema de comunicación telemático de carácter síncrono que permita llevar a cabo un proceso de intercambio de conocimientos a fin de posibilitar un aprendizaje de las personas que participan en el aula.
Soy un convencido de las posibilidades del aula virtual, hasta me he atrevido a esbozar cómo Trasladar la Formación al Aula virtual Síncrona (AVS).
Hoy me voy a centrar en la definición “legal” del aula virtual. La definición que he puesto aparece en:
- el artículo 3.1, de la Resolución de 15 de abril de 2020, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se establecen, en su ámbito de gestión, medidas extraordinarias para hacer frente al impacto del COVID-19 en materia de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral.
- en el artículo 3.2 de la Orden EFP/748/2020, de 29 de julio, por la que se adoptan medidas excepcionales para la flexibilización de la impartición de certificados de profesionalidad.
Esta definición complementa a la que hacía la disposición adicional cuarta de la Orden TMS/369/2019, de 28 de marzo, por la que se regula el Registro Estatal de Entidades de Formación del sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral.
En dicha disposición se limitaba su uso “En las modalidades presencial y de teleformación, el aula virtual podrá emplearse como medio complementario y adicional para desarrollar el proceso formativo, sin que la impartición de la totalidad de una especialidad formativa del Catálogo de Especialidades Formativas pueda realizarse a través de aula virtual”.
Tanto la Resolución del 15 de abril de 2020 del SEPE, como la Orden EPF/748/2020 del Ministerio de Educación y Formación Profesional (respecto a los Certificados de Profesionalidad) entran dentro de un paquete de medidas que flexibilizan la formación de tres iniciativas: la formación programada de 2020, la oferta formativa para ocupados de los planes estatales en funcionamiento y la oferta formativa para desempleados en Ceuta y Melilla -competencia del SEPE- en funcionamiento en 2020, por lo que es previsible que el futuro del aula virtual, en formación profesional para el empleo, se tendrá que regular de forma definitiva.
Bimodal
(Actualizado, 28 de diciembre de 2020)
La Resolución de 18 de diciembre de 2020, del Servicio Público de Empleo Estatal -publicada el 25 de diciembre en el BOE-, en su artículo 2.2, define la impartición bimodal
la modalidad presencial también podrá impartirse utilizando un sistema de impartición bimodal que permite al docente impartir la formación de forma presencial a una parte de los asistentes mientras que otra asiste de forma virtual, de forma que una parte de los participantes pueda estar en un aula y simultáneamente otra parte lo pueda hacer en otras, mediante aula virtual de forma simultánea
Por último, pero no menos importante, me encantaría saber tu opinión, ayúdame con tus comentarios a mejorar las definiciones de estos tres tipos de aula, aula espejo, aula híbrida y aula virtual síncrona. Por favor, comparte tus experiencias con cualquier de estos tipos de aula y dime si conoces algunos otros tipos de aulas.
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